EROSKI completa a emisión inaugural de bonos e asina novos acordos de financiamento
Prevese que o peche da oferta teña lugar o vindeiro 30 de novembro
O tipo de xuro fixo do bono quedou establecido no 10,625%
En paralelo, asina dous contratos de préstamo por importe de 112,8 M€ e de 35 M€ e un acordo marco de liñas de circulante
.- EROSKI colocou este xoves a súa oferta de bonos sénior garantidos, por un importe nominal de 500 millóns de euros a un tipo fixo do 10,625 %, e con vencemento no 2029. Os xuros pagaranse semestralmente.
Espérase que o peche da oferta teña lugar o 30 de novembro do 2023, se ben permanece suxeito a certas condicións habituais neste tipo de operación.
Adicionalmente, EROSKI subscribiu varios instrumentos financeiros que inclúen un contrato de préstamo por importe de 112.845.853 euros e con vencemento no 2029 con cinco entidades —Laboral Kutxa, Kutxabank, o ICO, SAREB e Mondragon Inversiones —; un contrato de préstamo ponte por importe de 35 millóns de euros e con vencemento no 2025 subscrito con BNP Paribas e Deutsche Bank; e un acordo marco de liñas de circulante.
Os ingresos netos da oferta, xunto cos fondos obtidos en virtude dos acordos financeiros destinaranse á amortización da débeda existente, ao pagamento de xuros acumulados e ao pagamento de comisión e gastos relacionados.
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La presente comunicación no se distribuye, ni ha sido aprobada a los efectos de la sección 21 de la Financial Services and Markets Act 2000 del Reino Unido, conforme haya sido modificada (la “FSMA”) por ninguna persona autorizada bajo la FSMA. Por lo tanto, esta comunicación solo se distribuye y solo se dirige a personas que (i) tengan experiencia profesional en asuntos relacionados con inversiones bajo el apartado 5 artículo 19 de la Financial Services and Markets Act 2000 (Financial Promotion) Order 2005, tal como sea modificada modificada (la “Orden de Promoción Financiera”), o (ii) caigan bajo los apartados (a) a (d) del articulo 49(2) (empresas de altos fondos propios (high net worth), asociaciones y sociedades no constituidas, etc.) de la Orden de Promoción Financiera, (iii) estén fuera de Reino Unido, o (iv) sean personas a las que una invitación o una inducción a participar en un actividad de inversión (con el significado de la sección 21 de la FSMA) en relación con la emisión o venta de valores pueda legalmente comunicarse o hacer que se comunique (todas esas personas juntas se denominan conjuntamente como “Personas Relevantes”). Por lo tanto, al aceptar esta comunicación, el receptor confirma y reconoce que es una Persona Relevante. Esta comunicación se dirige solo a Personas Relevantes y no debe actuar en relación con ella por personas que no sean Personas Relevantes. Cualquier inversión o actividad de inversión a la que se refiere la presente comunicación sólo estará disponible para Personas Relevantes y sólo participarán Personas Relevantes. Personas que no sean Personas Relevantes no debería realizar ninguna actuación basada en esta comunicación y no deberá descansar en ella.
Prohibición de ventas a inversores minoristas del EEE: Si se ofrecen, los valores no están destinados a ser ofrecidos, vendidos o puestos a disposición de y no deben ofrecerse, venderse o ponerse a disposición de ningún inversor minorista en el EEE. A estos efectos, se entenderá por inversor minorista una persona que sea una (o más) de: (i) un cliente minorista tal como se define en el punto (11) del artículo 4(1) de la Directiva 2014/65/UE (tal y como haya sido modificada, “MiFID II”); o (ii) un cliente de conformidad con la Directiva 2016/97/UE (tal y como haya sido modificada, la “Directiva de Distribución de Seguros”), cuando dicho cliente no tuviera la calificación de cliente profesional según se define en el punto (10) del artículo 4(1) de la MiFID II. Por consiguiente, no existe un documento de datos fundamentales exigido por el Reglamento (UE) n° 1286/2014 (tal como sea modificado, el “Reglamento PRIIPs”) para ofrecer o vender los Bonos o ponerlos de otra forma a disposición de inversores minoristas en el EEE y, por lo tanto, ofrecer o vender los Bonos o ponerlos de otra forma a disposición de cualquier inversor minorista en el EEE puede ser ilegal en virtud del Reglamento PRIIPs. Prohibición de ventas a inversores minoristas del Reino Unido: Si se ofrecen, los valores no están destinados a ser ofrecidos, vendidos o puestos a disposición de y no deben ofrecerse, venderse o ponerse a disposición de ningún inversor minorista del Reino Unido. A estos efectos, un inversor minorista significa una persona que sea una (o más) de: (i) un cliente minorista, tal como se define en el punto 8 del artículo 2 del Reglamento (UE) no 2017/565/94, que forma parte del Derecho interno de Reino Unido en virtud del European Union (Withdrawal) Act 2018 (“EUWA”); o (ii) un cliente de conformidad con las disposiciones de la FSMA y de cualquier norma o reglamento establecido en virtud de la FSMA para aplicar la Directiva sobre la distribución de seguros, cuando ese cliente no tuviera la calificación de cliente profesional según se define en el punto (8) del artículo 2(1) del Reglamento (UE) 600/2014, que forma parte del derecho interno de Reino Unido en virtud del EUWA. No se ha preparado ningún documento de datos fundamentales exigido por el Reglamento (UE) n° 1286/2014 puesto que forma parte de la legislación nacional en virtud de la EUWA (el “Reglamento PRIIPs del Reino Unido”) para ofrecer o vender los Bonos o ponerlos a disposición de inversores minoristas en el Reino Unido y, por lo tanto, ofrecer o vender los Bonos o ponerlos de otra manera a disposición de cualquier inversor minorista en el Reino Unido puede ser ilegal según el Reglamento PRIIPs del Reino Unido.
Esta comunicación contiene declaraciones sobre proyecciones futuras. Estas declaraciones se basan en las opiniones, expectativas, supuestos e información actuales de la dirección del Grupo. Las declaraciones sobre proyecciones futuras no deben interpretarse como una promesa de resultados y desarrollos futuros e implican riesgos e incertidumbres conocidos y desconocidos. Varios factores podrían hacer que los resultados, el rendimiento o los acontecimientos futuros reales difieran materialmente de los descritos en estas declaraciones, y ni el Grupo ni ninguna otra persona acepta ninguna responsabilidad por la exactitud de las opiniones expresadas en esta comunicación o las suposiciones subyacentes. Además, cabe señalar que todas las declaraciones sobre proyecciones futuras se realizan sólo a partir de la fecha de esta comunicación y que el Grupo, sin perjuicio de sus obligaciones en virtud de la legislación aplicable en relación con la divulgación y la información continua, no asume ninguna obligación de actualizar ninguna declaración sobre proyecciones futuras.
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